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Las compañías de seguro ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio mecánico, por una medida del Gobierno

Limitó su uso a accidente, incendio, robo o hurto.

 

A partir de una llamativa disposición publicada este viernes en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación
dispuso que las compañías de seguro ya no podrán ofrecer el servicio de grúa o asistencia mecánica a sus clientes. De acuerdo a los impulsores de la medida, esto ayudará a que haya una mayor oferta en el mercado.

La Resolución en cuestión es la 217 del 2.024, que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora. Según sostiene, las empresas tienen un plazo de hasta 90 días para ponerlo en vigencia en los nuevos contratos, en tanto que quienes ya renovaron su póliza, podrán utilizar el acarreo hasta la fecha establecida en el mismo.

Una vez cumplido el plazo marcado, la cobertura de la póliza de seguro no incluirá “traslado, remolque, asistencia y estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortadura y reventones de las cámaras o cubiertas, o falta de combustible”.
La duda de los usuarios es saber si ahora, por esta resolución, el costo de los seguros tendrá alguna disminución

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