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Heladas tardías: Mendoza lanza una línea de crédito a tasa subsidiada

Será de hasta 500 mil pesos por productor, cuya propiedad no supere las 20 hectáreas. Con una tasa del 25% anual, a devolver en 21 meses y con 12 de gracia, la medida se suma al programa RECUPERAGRO, iniciativa impulsada desde Economía para sostener el empleo del sector, que ya recibió más de 2000 solicitudes en todo el territorio.

El Gobierno de Mendoza, a través del Ministerio de Economía y Energía, anunció el lanzamiento de una línea de crédito destinada a productores mendocinos que hayan sufrido daños superiores al 50% en sus cultivos, a raíz de las últimas contingencias climáticas registradas (heladas tardías).

La línea será otorgada a productores a través de Mendoza Fiduciaria y será el Instituto de Desarrollo Rural (IDR), el organismo que estará a cargo de recepcionar la documentación de cada una de las solicitudes que se realicen para acceder al financiamiento.

Sobre los detalles del crédito, desde la cartera económica local, señalaron: “Es una línea de financiamiento de muy fácil acceso. Quienes la soliciten podrán acceder a un máximo de hasta 500 mil pesos a una tasa anual que es calculada en base al 30% de la tasa del Banco Nación (25,01% al día miércoles)”.

En este sentido, agregaron: “Los plazos de devolución fueron pensados y adaptados a la realidad actual del productor. En total serán 21 meses de los cuales 12 serán otorgados como gracia. A partir de allí, cada beneficiario podrá optar por pagar la cuota de forma mensual o trimestral.

Un dato, no menor, tiene que ver con que, durante los 12 meses de gracia estipulados en el marco de la línea, los beneficiarios no deberán pagar intereses, como sabe ocurrir en otros casos. De este modo, desde el Ejecutivo, se intenta acompañar al productor brindando una herramienta que le permita salir del paso y brinde las condiciones óptimas para la posterior devolución de los fondos.

Sobre los requisitos para acceder a la línea, añadieron: “Se les solicitará un bono de sueldo como garantía (también se podrá acceder presentando una garantía propietaria), estar al día con la Administración Tributaria Mendoza (ATM), para ello se solicitará el libre de deuda emitido por la entidad recaudadora y no ser deudor alimentario”.

En caso que el solicitante tenga una deuda en la Administración Tributaria Mendoza, podrá solicitar acceder a la línea de financiamiento siempre y cuando cuenta con un comprobante que acredite que dicha deuda se encuentra en vías de cancelación a través de un plan de pagos.

Otro dato importante tiene que ver con que cada solicitante deberá haber realizado la correspondiente denuncia ante la Dirección de Contingencias Climáticas (DCC). La entidad, dependiente de la cartera económica a cargo del Ministro Vaquié, será quien otorgue, a partir de este 15 de diciembre los certificados provisorios por los daños denunciados.

Vale destacar que desde el IDR se implementará un operativo para que en cada una de sus delegaciones se designe a un referente de la línea quien estará a cargo de evacuar inquietudes y acompañar en el armado de la documentación que debe presentar cada productor o productora. Una vez recabada toda la información, cada productor, con el asesoramiento del IDR, deberá cargar la documentación a través del Sistema Tickets Mendoza para su evaluación y seguimiento.

Asistencia al productor

Desde Economía recordaron que esta iniciativa se suma a las diferentes medidas que se impulsaron desde la provincia en pos de acompañar a todo el sector productivo de Mendoza que vio seriamente afectada su economía a raíz de las últimas heladas tardías.

En este sentido, detallaron que se “impulsó una línea específica del Fondo para la Transformación y el Crecimiento, las distintas líneas que se incluyeron oportunamente a través del Mendoza Activa como lo fue en el caso de defensa y eficiencia agrícola y la reciente incorporación, el programa de sostenimiento al trabajo, RECUPERAGRO”.

Sobre este último punto, Emilce Vega Espinoza, directora general de Empleo y Capacitación, amplió: “El programa fue impulsado con el objetivo de apuntalar al sector productivo provincial que vio afectada su economía. Entendimos que era necesario poner a disposición una herramienta que permitiera al producto y sus trabajadores seguir desarrollando sus labores. Al momento, contamos con 2.055 solicitudes que provienen de 650 zona Este, 1.281 de zona Sur y otras 100 del Valle de Uco”.

Sobre la línea de financiamiento disponible a través del FTyC, recordaron que es para capital de trabajo al que pueden acceder todos aquellos productores afectados por las últimas heladas registradas.

En este sentido, Laura Torres, Directora del FTyC, detalló: “La línea está disponible, tiene una tasa que se inicia en el 25% anual con un plazo de devolución de 21 meses. Dentro de ese plazo, los primeros 12 meses son de gracia, justamente para que el productor pueda recuperarse y logre devolver el financiamiento con la nueva temporada. Esta línea tiene poco más de un año de vigencia y los productores la están aprovechando”.

Sobre esta línea, desde el FTyC señalaron que al momento se ha hecho entrega de créditos a productores afectados y otros tantos se encuentran en etapa de evaluación por un total de 384 millones de pesos.

A su vez, desde el ISCAMEN, se viene acompañando a productores que se vieron afectados por la caída de granizo. En este sentido, desde el organismo informaron que se hizo entrega de oxicloruro de cobre en los departamentos de Santa Rosa, Junín, San Martín y Rivadavia.

A su turno, Valentina Navarro Canafoglia, Directora provincial de Agricultura, comentó: “Desde Mendoza, hemos impulsado una serie de medidas que vienen a contrarrestar la crítica situación por la que atraviesa el sector entendiendo que era necesaria una pronta respuesta a las necesidades de nuestros productores”.

“Mientras, estamos a la espera de las medidas que se prometieron desde el Gobierno nacional y que, al momento, no se han podido ejecutar. Para ello, nuestro ministro viene realizando las gestiones necesarias en Nación para complementar las asistencias impulsadas por la provincia”, agregó Navarro Canafoglia.

“Las medidas impulsadas por la provincia abarcan a todos los productores que se han visto afectados por las últimas contingencias, pero hacen hincapié, especialmente, en los más pequeños quienes están en un estado de mayor vulnerabilidad”, cerró la funcionaria.

Beneficios para el sector

Todos los productores inscriptos en el Registro de Uso de Tierra (RUT) que acrediten daños en su producción gozarán, durante el período que dure el estado de emergencia, de la eximición de la obligación de pago del impuesto inmobiliario, de los cánones de riego (superficial y subterráneo) por un valor igual al 50% de la factura correspondiente y de una prórroga de hasta 90 días para los vencimientos de cuotas correspondientes a créditos otorgados por organismos financieros oficiales o mixtos provinciales, sin que ello origine recargos, intereses ni actualización monetaria.

Asimismo, las instituciones financieras oficiales o mixtas locales brindarán líneas de créditos que permitan la continuidad de las explotaciones, la recuperación de las economías de los productores afectados y el mantenimiento de su personal estable, con tasas de interés bonificadas, a un año de gracia y plazo de pago que no podrá ser inferior a tres años.

En tanto, las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica deberán establecer, con el solo hecho de la presentación del Certificado de Emergencia Agropecuaria, una bonificación del 25 por ciento en las facturas correspondientes a energía eléctrica utilizada para riego agrícola.

Además, se deberán suspender por hasta 90 días hábiles de finalizado el período de Emergencia Agropecuaria la iniciación de juicios y procedimientos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad a la emergencia, referidas únicamente a los impuestos y servicios. Los juicios ya iniciados deberán paralizarse y quedarán suspendidos los cursos de los términos procesales, de la caducidad de instancia y de la prescripción y se suspenderá por hasta 90 días hábiles la obligatoriedad de validación prevista en el artículo 185 del Código Fiscal de la provincia de Mendoza.

El artículo 13 de la mencionada ley señala además que la Administración Tributaria Mendoza (ATM) y el Departamento General de Irrigación (DGI) deberán emitir al productor la correspondiente factura con la eximición de pago por el período que dure la Declaración de Emergencia Agropecuaria. Lo propio deberá hacer el Departamento General de Irrigación mediante planes de pago especiales para el cobro del 50% restante de la factura correspondiente.

A su vez, la autoridad de aplicación, antes del 31 de diciembre pondrá en conocimiento de las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica la nómina y la identificación de cada uno de aquellos establecimientos agrícolas inscriptos en el Registro del Uso de la Tierra (RUT) que hayan certificado daños, a los efectos de que cada repartición otorgue los beneficios contemplados.

Desastre agropecuario

Al igual que en el caso de aquellos productores enmarcados en emergencia, todos aquellos establecimientos agropecuarios declarados en desastre gozarán de la eximición de la obligación de pago del impuesto inmobiliario y de los cánones de riego (superficial y subterráneo). También tendrán una prórroga, a pedido de los interesados, de hasta 90 días hábiles administrativos posteriores al vencimiento del período de desastre de los vencimientos de cuotas correspondientes a créditos otorgados por organismos financieros oficiales o mixtos que se hicieran exigibles durante el período que rija el Estado de Desastre sin que ello sea motivo de recargos, intereses ni actualización monetaria.

Además, podrán acceder a líneas de crédito con el objeto de que permitan la continuidad de las explotaciones, la recuperación de sus economías y el mantenimiento de su personal estable, con tasas de interés bonificadas, un año de gracia y plazos de al menos un año más que el de los créditos diseñados para productores en Emergencia Agropecuaria.

Por su parte, las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica deberán establecer, con el solo hecho de la presentación del certificado de Desastre Agropecuario, una bonificación de 50% en las facturas correspondientes a energía eléctrica utilizada para Riego Agrícola superficial y subterráneo.

Quedará suspendida por hasta 180 días hábiles después de finalizado el período de Desastre Agropecuario la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad al Desastre, referidas únicamente a los impuestos y servicios. Los juicios ya iniciados deberán paralizarse. Por el mismo período quedará suspendido el curso de los términos procesales, de la caducidad de instancia y de la prescripción.

También quedará suspendida, por hasta 90 días hábiles después de finalizado el período de Desastre Agropecuario, la obligatoriedad de validación prevista por el artículo 185 del Código Fiscal de la Provincia.

Con la sola presentación por parte del productor del certificado de Desastre Agropecuario, la Administración Tributaria Mendoza (ATM) y el Departamento General de Irrigación (DGI) deberán eximir al productor damnificado del impuesto inmobiliario y del canon de riego (superficial y subterráneo) por el período que dure la Declaración de Desastre Agropecuario.

Por otro lado, la Autoridad de aplicación deberá, antes del 31 de diciembre, poner en conocimiento de la Dirección de Administración de Activos de ex Bancos Oficiales, del Fondo de Financiamiento de Inversiones Privadas para la Transformación y el Crecimiento, Mendoza Fiduciaria SA y de cualquier otro organismo financiero oficial o mixto local, la nómina y la identificación de aquellos establecimientos agrícolas que hayan certificado daños del 80% o más, a los efectos de que cada repartición otorgue los beneficios correspondientes, sin perjuicio de que el damnificado pueda efectuar la presentación en forma personal ante las referidas reparticiones.

Por último, vale destacar que se enviarán informes a las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica, de la nómina y la identificación de cada uno de aquellos establecimientos agrícolas inscriptos en el Registro del Uso de la Tierra (RUT) que cuenten con certificado de Desastre Agropecuario, a efectos de que se otorguen los beneficios contemplados, sin perjuicio de que el damnificado pueda efectuar la presentación en forma personal ante las empresas y cooperativas, dentro del período por el cual se haya declarado el Estado de Desastre Agropecuario.

Informes

Todos aquellos interesados en acceder a la línea, podrán acceder a mayor información enviando un correo electrónico a financiamiento@idr.org.ar o bien a través del mail info@idr.org.ar

También podrán hacer lo propio en cada una de las delegaciones que la entidad tiene en el territorio provincial:

  • San Rafael: Valentín Alsina 445. Contacto: 2604438054.
  • Sede Valle de Uco: Hipólito Irigoyen 703, Tunuyán. Contacto: 2622578810.
  • Sede Este: Viamonte al 1000, San Martín. Contacto: 2616409028.
  • Sede Central, al correo: info@idr.org.ar. Contacto: 261 6407395.

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