Como herramienta de manejo y prevención de incendios forestales, se aprueba la quema prescripta en Mendoza
En articulación con las entidades del sector y la Dirección de Ganadería, la Dirección de Recursos Naturales Renovables (DRNR) avanzó en la sanción de la normativa para la autorización de quema prescripta de pastizales y pajonales.
Se trata de la Resolución DRNR 1946/23, que regula el procedimiento para la solicitud y autorización de quema prescripta de pastizales en zonas no irrigadas de la provincia.
“La quema prescripta o controlada de pastizales tiene como objetivo eliminar el material herbáceo seco diferido o envejecido y permitir el rebrote y mejoramiento de pasturas naturales y/o siembras de especies exóticas o nativas con el propósito de incrementar la producción de carne por hectárea. Impacta, además, positivamente sobre las especies subarbustivas y arbustivas, reduciendo su material aéreo y provocando el rebrote vigoroso”, declaró el director de Recursos Naturales Renovables, Sebastián Melchor.
Cabe destacar que la disminución de vegetación seca disponible, denominada combustible, mediante procesos de quema prescripta en épocas de baja temperatura, ha demostrado ser una herramienta que mitiga el accionar del fuego durante la temporada de riesgo alto de incendios, y permite disminuir el desarrollo de estos.
Es importante aclarar que si bien es el productor quien solicita autorización para realizar el procedimiento de quema prescripta, es la Dirección de Recursos Naturales Renovables, a través del Plan Provincial de Manejo del Fuego, quien estará a cargo de la realización y ejecución de la quema. Esto, para garantizar las medidas de seguridad adecuadas para evitar la propagación del fuego y asegurar la correcta realización de la quema desde el punto de vista técnico y ambiental. El productor solicitante, además, debe abonar los costos del procedimiento.
“Aunque haya sido autorizada, en ningún caso el particular tiene permitido realizar la quema. En todos los casos será ejecutada por personal del Plan Provincial de Manejo de Fuego”, agregó el funcionario.
Para analizar la pertinencia de la quema, el productor debe presentar un Plan de Manejo, elaborado por profesional matriculado inscripto en el Registro de Profesionales de Bosque Nativo de la Dirección de Recursos Naturales Renovables, además del resto de la documentación.
Cabe destacar que solo se podrán ejecutar las quemas entre marzo y agosto de cada año y en ningún caso la superficie a tratar podrá ser superior a mil hectáreas (1.000 ha). El mismo predio o parcela podrá ser tratado mediante quema nuevamente recién a partir del décimo año.
En ningún caso se autoriza la quema en los siguientes supuestos:
- Que sea solicitada para el desmonte y/o la supresión de flora nativa y bosque nativo para cambio de uso de suelo.
- Que sea requerida como herramienta para la eliminación de residuos de cualquier índole o limpieza de fincas o predios en zonas irrigadas.
- Que el solicitante registre multas impagas ante la Dirección de Recursos Naturales Renovables al efectuar la solicitud.
El presidente de la Específica de Ganadería de la Cámara de Comercio de General Alvear, Ramiro Labay, expresó: “Esta es una medida muy acertada que venimos trabajando junto con productores, instituciones y la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial desde hace mucho tiempo. Es una propuesta de triple impacto, ya que desde el aspecto económico incrementará la producción; en el contexto ambiental, se prevendrán incendios a través de la quema estratégica a modo de cortafuegos y limpiando material combustible de los campos; y en el ámbito social proveerá de actividad a los brigadistas en momentos del año donde tienen menor accionar”.
En este sentido, añadió: “La quema prescripta es una de las maneras más convenientes de mejorar la productividad de nuestros campos. Si Mendoza quiere crecer como zona ganadera, tenemos que producir más pasto para transformarlo en proteína animal. La quema controlada se realizará en un ambiente controlado por los organismos que tienen que intervenir: la Dirección de Recursos Naturales Renovables y el Plan Provincial de Manejo del Fuego”.
Labay explicó que, teniendo en cuenta la importancia del cuidado que requieren los bosques nativos dentro del ecosistema, la quema prescripta se presenta con una excelente opción para protegerlos de los incendios generados en la temporada estival por el exceso de vegetación seca combustible. “De esta manera, a la vez que protegeremos los bosques nativos, podemos lograr que los pastizales naturales, que han sido muy degradados o que están bajo la sombra de especies arbustivas invasivas que impide el crecimiento de los pastos aptos para el consumo animal, puedan florecer”, explicó.
Por su parte, el director provincial de Ganadería, Damián Carbo, destacó: “Este es un trabajo que se ha venido realizando con la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial y las cámaras de comercio, específicamente de ganadería de General Alvear y San Rafael, ya que esta forma de manejo es más efectiva en los tipos de campo de esa zona de nuestra provincia. Se ha discutido mucho, se ha trabajado mucho en terreno y se ha escuchado a los productores. Algunos de ellos cuentan con experiencias previas en otras partes de nuestro país, por lo que se consultaron y revisaron los protocolos de otras provincias donde se realizan estas prácticas. Entre otras cosas, el protocolo elaborado determina un máximo de quema por campo de no más de 10% de la superficie por año, y si el campo tiene una extensión muy grande, [la quema] no puede superar las mil hectáreas”.
Carbó subrayó que el objetivo es mejorar el recurso forrajero estratégico con una quema de invierno, lo que producirá un rebrote fuerte en los pajonales de primavera. “Esto permite obtener un aporte de altísima calidad de nutrientes en un momento estratégico del rodeo. Cuando la vaca comienza a parir, necesita pasto de poco volumen y alta calidad, porque es el momento en que su ruming se encuentra disminuido por la gestación. Podemos decir que la quema prescripta o controlada tiene un positivo impacto productivo a la vez que se controla el monte para que no se generen fuegos naturales de manera descontrolada durante las tormentas del verano”.
Se recuerda a la población que está prohibida la limpieza de campos a través de la quema, actividad que está prohibida por la Ley Provincial 6.099 de Manejo de Fuego y la Ley Provincial 9099 Código Contravencional, siendo dichas acciones plausibles de sanción.
En caso de ver un incendio, se debe mantener la calma y dar aviso a las autoridades de inmediato al 911.
Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza.